
Registro Sanitario ISP
Toda persona natural o jurídica que requiera internar un Producto Cosmético propiamente tal
En qué consiste

De acuerdo al Código Sanitario un producto cosmético se define como cualquier preparado que se destine a ser aplicado externamente al cuerpo humano, con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones fisicoquímicas normales de la piel y de sus anexos, que tenga solamente acción local o que de ser absorbido en el organismo carezca de efecto sistémico.
Debemos solicitar el registro de un Producto Cosmético importado o fabricado en Chile, esto debido a que para ser comercializado y distribuído en territorio nacional, debe contar previamente con registro sanitario ante el ISP. Para ello se verifica la denominación, finalidad cosmética, fórmula y personería de los solicitantes.
Si el resultado de la evaluación es positivo, se emite una resolución de registro, en la que se establece bajo qué condiciones se debe comercializar. Por el contrario, se deniega el registro sanitario, mediante resolución fundada, previo consentimiento del Ministerio de Salud, con lo cual el producto no se puede comercializar.